RESPUESTA POR INTIMACIONES AFIP
Confederación Evangélica Bautista
ASOCIACIÓN CIVIL RELIGIOSA
Inscripción en el Reg. Nac. de Cultos N° 672
Personería Jurídica por Decreto del P.E.N. 24-12-1935
(011) 4864-2711 – Virrey Liniers 42 – CP C1174ACB
BUENOS AIRES – ARGENTINA
Buenos Aires, 22/05/2019
Amadas iglesias: nos ponemos en contacto con ustedes con motivo de las intimaciones presuntamente erróneas que la AFIP está enviando a aquéllas congregaciones que disponen de una CUIT como empleadoras.
En este sentido, ponemos a disposición el texto de la respuesta que se debe informar a la AFIP. Dicha respuesta debe instrumentarse en un formulario Multinota.
Si hubiera alguna consulta específica respecto del procedimiento de respuesta, por favor no duden en escribirnos a legalytecnica@confeba.org.ar
Estamos para servirles.
“Nos dirigimos a Ustedes en referencia a la solicitud de presentación del Régimen de Información intimado a IGLESIA (Memoria, Estados Contables e Informe de Auditor) por los Ejercicios 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017.
Al respecto nos permitimos informarle que la Iglesia como entidad religiosa, según consta en vuestros registros, no forma parte de los sujetos obligados según lo establece el artículo 1 de la Resolución General 3077/2001 para efectuar la transferencia electrónica. Y por lo tanto no se encuentra obligada a efectuar registraciones contables que le permitan confeccionar balances contables, criterio que se complementa con la no obligatoriedad de presentar Estados Contables ante ningún Organismo Contralor y como consecuencia es un impedimento para una certificación o informe sobre Estados Contables
Asimismo, informamos que IGLESIA fue inscripta como empleador y los requisitos indispensables para dicho trámite es la Inscripción ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos bajo el Nro. 672.
Por todo lo expresado, se solicita:
- Que se tome nota que conforme a legislación que rige a la matrícula de Profesionales de Ciencias Económicas de CABA, la legalización de la firma de Profesional de Ciencias Económicas se encuentra afectada
- Que las Entidades Religiosas – Iglesia no se encuentra obligada a presentar balance conforme a la Resolución 3077/2011
- Que se deje sin efecto el requerimiento Nro. 7443564 incluida en la Planilla General 58000000000, por no corresponder
- Que se dé la baja de los sistemas informáticos de la AFIP Régimen de Información bajo el Concepto de “Memoria, Estados Contables e Informe de Auditor”
Se menciona adicionalmente, que todo lo expuesto en la presente es fiel expresión a la verdad sin haber omitido ni falseado dato alguno. Sin más que agregar, los saludamos muy atentamente.”